Los bebés no se fabrican

El profesor Richard Stith de la Universidad de Valparaiso (EE.UU), en un artículo titulado "¿Tiene sentido fabricar bebes?" publicado en inglés en Mercatornet.com, se plantea la siguiente pregunta: ¿porqué hay gente a la que le cuesta ver humanidad en los fetos en desarrollo?. Stith cree que hay personas que comparan el desarrollo de un feto con la fabricación de un coche o de una casa.

Evidentemente mientras se está construyendo el coche lo que se va viendo no es propiamente un coche, es necesario que se den una serie de condiciones y que pase un tiempo hasta que lo fabricado sea un coche; de hecho, en alguna fase del proceso de fabricación puede variarse el proyecto inicial y fabricar otra cosa. El coche no es coche hasta que tiene la forma de coche y sus características propias.

Stith piensa que esa es la idea de muchas personas con respecto a los seres humanos, idea que el autor define como teoría "construccionista" y según la cual el embrión o el feto no sería humano mientras se están "construyendo". Frente a ésta idea, mantiene que la diferencia fundamental es que los seres humanos no se construyen sino que se desarrollan. Desde el momento de la concepción, al ser engendrado no se le va a añadir ni restar nada, simplemente se va a desarrollar. es decir, lo que hay en el seno de la madre no es algo sino alguien.

Las teorías de Stith se pueden consultar en español en aceprensa aunque sólo para suscriptores. Por su evidente interés y originalidad dejo el artículo aquí.

Si te han denegado la plaza en el colegio que solicitaste ¡recurre y ganarás!

Como informaba HO el pasado 29 de septiembre el Juzgado 8 de lo Contencioso-Administrativo ha obligado al gobierno catalán a escolarizar a una niña en el colegio elegido por su familia. Viene así a confirmar la argumentación jurídica de sentencias anteriores sobre asuntos similares.

La sentencia afirma que las razones presupuestarias y materiales no justifican la denegación de plaza en el colegio elegido por los padres. En concreto afirma que ”por razones de planificación educativa, cabe imponer un centro educativo a los padres, salvo que dicho centro, a diferencia del elegido, no dé respuesta a su opción por una determinada formación religiosa o moral”.

Es decir, si alguien elige un colegio por su ideario X, la Administración podrá denegarle plaza en dicho centro única y exclusivamente si le puede garantizar una plaza en otro cuyo ideario sea sustancialmente idéntico. En caso contrario, no podrá rechazar la solicitud de los padres.

Por consiguiente, como diría el que para muchos es Mr. X, si la Administración te ha negado un colegio que responda al ideario por ti elegido, sin concederte una alternativa similar, recurre y ganarás. Los famosos puntos ya no son un inconveniente para que se garantice, conforme reconoce la Constitución y los Tratados Internacionales tu derecho a elegir una educación para tus hijos conforme a tus propias convicciones.

La Administración está obligada a actuar conforme a esta doctrina. Por ello HO defiende que el mejor sistema para garantizar este derecho de los padres es el cheque escolar, en función del cual, los padres eligen el colegio al que quieren que vayan destinados los fondos públicos que financian la educación.  

Por el pleno empleo. Motivos para creer. PSOE.

La Seguridad Social pierde casi medio millón de afiliados, la peor caída desde 1993 (Libertad Digital) El paro alcanza el peor registro en 11 años trás subir en septiembre (El Mundo) El paro, en el nivel más alto de los últimos 11 años, subió en 95.367 personas (ABC) La cifra de parados alcanza su nivel más alto en 11 años (La [...]

Sí, podemos

Felicito a CajaMadrid por este spot que he visto en el blog de Teresa. Lo curioso es que el lema del anuncio es el de Obama (yes, we can), un político partidario de las políticas abortistas que están poniendo a las personas con Síndrome de Down al borde de la extinción. Todo un toque de atención a quienes consideran legítimo matar a estos chicos y chicas antes de que nazcan.

“La ley está para cumplirla”

Dentro de la polvareda general que la objeción de conciencia a la asignatura obligatoria Educación para la Ciudadanía viene levantando, se oyen cada vez más voces que aumentan la confusión y no hacen sino perder de vista la correcta perspectiva. En esta línea, hay una frase que cada vez cobra más insistencia: “la ley está para cumplirla”.

Perfecto. Me apunto a eso. Veamos entonces lo que dicen las leyes que obligan muy en primer lugar a nuestros gobernantes. Constitución Española, artículo 27.3: “Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.”. Luego resulta que los poderes públicos están obligados a garantizarme este derecho. Al no hacerlo y además imponer otra formación moral distinta a la mía de forma obligatoria, son esos poderes públicos los que están incumpliendo la ley. Aplíquense el cuento: “la ley está para cumplirla”.
Pero aún hay más. Ley Orgánica del Derecho a la Educación, artículo 18.1: “Todos los centros públicos desarrollarán sus actividades con sujeción a los principios constitucionales, garantía de neutralidad ideológica y respeto de las opciones religiosas y morales a que hace referencia el artículo 27.3 de la Constitución”. Perfecto. Ni neutralidad ideológica ni respeto a nuestras opciones morales, por lo que la citada asignatura es ilegal. De nuevo, “la ley está para cumplirla”, señores de los distintos gobiernos, central y autonómicos.
Y cuando los poderes públicos incumplen las leyes vigentes, han perdido su legitimidad democrática y quedan fuera de la ley. En tal caso, cualquier ciudadano que tenga la más mínima conciencia de sus derechos y deberes debe rebelarse, y así lo hemos hecho los objetores de conciencia y lo seguiremos manteniendo hasta el final. Porque “ciudadano” es quien ha asumido completamente que “los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico” (Constitución española, art. 9.1). Y esto sí es Educación para la Ciudadanía, y no el bodrio doctrinario que se nos impone.
Todo lo que se salga de esta evidencia no son más que componendas, apaños, estrategias, ruidos y confusionismo que pretenden anular un movimiento que exige a sus gobiernos que vuelvan a la senda de la legalidad vigente y que obedezcan la voluntad legitimadora del titular de la soberanía, el pueblo español, que no puede admitir bajo ningún concepto que sus derechos y libertades más fundamentales sean pisoteados por un gobierno que se desliza suavemente, desde los márgenes de la legalidad democrática, hacia un nuevo totalitarismo. Repetir lo obvio y evidente provoca cierto agotamiento.

Aborto: básicos penales

De momento el aborto en este país es delito y algo es delito porque así lo tipifique el Código Penal o alguna Ley penal especial. Bien pues por sus gravísimas consecuencias el Derecho penal es una rama del ordenamiento mucho más avanzada que otras en algunos sentidos. Tiene unos esquemas teóricos claramente establecidos en punto a asuntos como el grado de responsabilidad, intencionalidad, autoría, etc. Bien pues lo que pongo en este post vale para todos los delitos y faltas (de nuevo, algo es falta porque una norma dice que lo sea: falta penal, se entiende).

En este post examinaré tres cuestiones absolutamente claves:

1 - el grado de intencionalidad

2 - el tipo de autoría o participación

3 - si hay responsabilidad penal o no

1. El grado de intencionalidad

Los grados de intencionalidad o, genéricamente “culpa”, (término éste que sobre todo la doctrina más clásica emplea de manera a veces poco precisa) son de más a menos grave los siguientes:

- dolo directo de primer grado. Por lo general el más penado: el resulatdo que la norma castiga fue el directamente buscado por mi. “Quise pegar a la víctima para causarle una lesión y lo hice”

- dolo directo de segundo grado: menos penado. Quería matar a su padre. Como el hijo se interpuso disparé para que cayendo quedase su padre al descubierto y yo pudiese disparar. Soy responsable de la muerte del hijo y mi grado de culpa es la de dolo directo de segundo grado porque no era esa la muerte buscada por mi aunque no dudé en provocarla a fin de lograr matar al padre que se ocultaba tras él.

- dolo eventual: sabía que le iba a poder hacer daño. No era mi intención. Yo lo que buscaba era robar. Sin embargo acepté el riesgo de que al darle a la señora un tirón del bolso pudiese caerse y hacerse daño. Pero mi intención no fue lesionarla. Soy culpable de robo con dolo directo en primer grado. Pero respecto de las lesiones mi grado de culpa no pasa del dolo eventual.

- imprudencia: usted pudo y debió prever que conduciendo sin luces y habiendo bebido por un callejón oscuro pudiese atropellar a la persona que cruzaba. Es el caso del homicidio imprudente: de ninguna manera le quiso matar usted pero la realidad es que por imprudencia lo maté. Es una falta, por cierto, no un delito.

Cuando se comete un aborto, lo que hay es dolo directo de primer grado. La madre mata a su hijo, busca directamente matarle a él. Es la forma más grave de culpa que hay.

2. El tipo de autoría o participación

Artículo 27. Son responsables criminalmente de los delitos y faltas los autores y los cómplices.

Artículo 28. Son autores quienes realizan el hecho por sí solos, conjuntamente o por medio de otro del que se sirven como instrumento.—También serán considerados autores: a) Los que inducen directamente a otro u otros a ejecutarlo. b) Los que cooperan a su ejecución con un acto sin el cual no se habría efectuado.

Artículo 29. Son cómplices los que, no hallándose comprendidos en el artículo anterior, cooperan a la ejecución del hecho con actos anteriores o simultáneos. (Pero no con actos posteriores: perpetrado el delito lo más que se puede hacer luego es encubrirlo y/o gozar de algún beneficio dervado del mismo).

Cuando un médico, pariente, amigo… aconseja vivamente a una persona que aborte llegando a presionarla de tal manera que la hace tomar la decisión de abortar, esto es, cuando su consejo resulta determinante, ha inducido a otro a cometer un delito.

Cuando un médico, sanitario, etc. practica un aborto con actos que son indispensables para el logro del mismo es autor. Del mimso modo es autora la madre que se somete prestando su consentimiento voluntario.

Son cómplices de delito aquellas personas que cooperan al logro del resultado abortivo aunque el mismo resultado se hubiese logrado sin su colaboración. Pero como colaboraron son cómplices de delito.

3. El grado de responsabilidad penal

Se sigue aquí la llamada “Teoría de la imputación objetiva” debida fundamentalmente a los penalistas alemanes Jakobs y Roxin (aunque la obra de éste último, en particular el Tomo I de su Manual, pronto traducida al español sea quizá algo más conocida para nosotros).

Esta teoría supera a otras con evidentes errores lógicos pra venir a decir: ¿creó usted una situación de riesgo tal que pudo y debió saber que iba a lesionar un bien jurídico tutelado por el orednamiento penal? Por ejemplo: ¿iba usted a 120 km/h por una calle peatonal? Bien pues usted no querría matar a nadie pero acepte su responsabilidad criminal si usted hizo algo que objetivamente podía causar la muerte o lesiones a cualquiera que estuviese ahí.

Bien, y yo pregunto: Si usted tiene relaciones, ¿es probable que de las mismas surja un embarazo? ¿Creó usted una situación objetiva de riesgo? Y, si usted esperó a que el niño tuviese ocho meses para abortarlo, ¿agravó usted aún más el delito por entender que pueda muy bien darse una dolorosísima muerte en un ser con un sistema nervioso ya desarrollado, aumentando así inhumana y deliberadamente el sufrimiento de la víctima? Y, ¿la ocasión que aprovechó usted para perpetrar el crimen fue tal que se aseguraba el éxito del resultado, usó usted de la superioridad de su condición y además calculó usted la dificultad de su castigo? Bien porque estas últimas  se llaman circunstancias agravantes y lo son para todos los crímenes.

No pregunto más. Saque uno sus propias conclusiones.

Estos esquemas valen para cualquier delito. El aborto implica dolo directo, autoría de por lo general varias personas y por lo general también la concurrencia de cómplices, responsabilidad criminal en toda suerte de grados pero objetivamente concurrencia de la misma y un buen montón de agravantes.

Y ahora, estos posts anteriores algo farragosos en los que sacaba a relucir algunas miserias humanas pues podemos irlos encajando en estos esquemas abstractos. Por ejemplo, ¿qué gana el inductor con inducir según la anterior definición de “inducción”?

EpC: La última del Sr. Font de Mora

 

Leyendo esta mañana la prensa valenciana, Las Provincias y Levante, me encuentro con una noticia que me ha dejado pasmado, indignado y cabreado, aunque no sé cómo todavía me sorprendo, la verdad. Resulta que ayer, en las Cortes Valencianas, el Honorable Sr. Consejero de Educación, D. Alejandro Font de Mora, dijo públicamente que a los centros concertados que no impartan la EpC en inglés se les retirarán las subvenciones. Alguien le preguntó si pensaba dimitir y dijo que eso, si acaso, se lo plantearía dentro de 2 ó 3 años.

 

Yo me pregunto:

 

a) ¿Por qué tanto empeño con lo del inglés, necesario idioma que se puede reforzar en la enseñanza de mil formas, precisamente liando las cosas en la más polémica de cuantas asignaturas hay en los currículos actuales, que es la EpC?

 

b) ¿Por qué, junto a este absurdo empeño, el Sr. Conseller añade una postura de radical ninguneo al núcleo social central de la cuestión, que es el reconocimiento (o no) de la objeción de conciencia a los miles de padres que la han planteado?

 

c) Las opiniones del Sr. Rajoy en los medios y, sobre todo, la declaración institucional del Partido Popular, tras la reunión de Consejeros de Educación de las CCAA gobernadas por el PP, confirman un apoyo explícito a la objeción. ¿Les importa todo esto un carajo al Sr. Font de Mora y al Sr. Camps? ¿Tan dividido está el PP y tan poco liderazgo tiene Rajoy?

 

d) ¿Por qué su amenaza se ceba, precisamente, contra los centros concertados, los que más esfuerzo están haciendo para aplicar su estúpida norma, haciendo malabarismos con los horarios docentes y sin atacarle con continuos plantes y protestas como muchos centros públicos? ¿Es el Conseller un laicista anticatólico? ¿No se habrá equivocado de partido?

 

e) ¿Sabe el Sr. Conseller que quitar subvenciones a colegios concertados equivale a cerrarlos y a dejar sin escolarizar a decenas de miles de alumnos? ¿Cómo piensa atender a esos niños? ¿En su casa? ¿O reventando la enseñanza pública, que en varios centros ha comenzado el curso en barracones o locales provisionales por falta de plazas y espacios?

 

f) ¿Se acordará este insensato de que una enorme bolsa de los votantes a su partido llevan sus hijos a los colegios concertados? ¿No se da cuenta el Sr. Camps de que su Conseller de Educación está dinamitando sus bases electorales, tanto centristas como de derechas? ¿Qué misteriosos motivos le impiden llamar al orden o cesar a tan nefasto consejero?

 

g) ¿Qué va a hacer el Sr. Font de Mora con respecto al plante de muchos centros privados frente al tema del inglés? ¿También los va a cerrar? ¿Se ha propuesto acabar con la red de centros de enseñanza de la Comunidad Valenciana? ¿Tendremos que hacer todos “homeschooling”? (Bueno, quizá esto último nos convenga…).

 

h) ¿A qué santo viene este señor, a estas alturas históricas, con una política de amenazas continuas, inspecciones masivas, desentendimiento de las inquietudes sociales y prepotente bravuconería, actitudes y prácticas propias de regímenes totalitarios de un pasado ya superado? ¿Será del club de “fans” de la Sra. Cabrera?

 

No ceso de repetirme una y otra vez la pregunta que le hicieron en las Cortes: ¿Cuándo va a dimitir este señor? O, en otros términos: ¿Cuándo se decidirá el Sr. Camps a cesar en su cargo a este personaje que ha montado el más grave de los descontentos generalizados en la sociedad valenciana, que amenaza con absoluta contundencia y claridad su mayoría electoral en la próxima legislatura?

 

Otras 95.367 razones para pedir que ZP se vaya a su casa

Hace días que pusimos este banner en Batiburrillo: “ZP dimite, la cola del INEM no te admite”. Además se añadía: “¡difúndelo!”. Alguno me comentó entonces que quizá era una exageración dejar ahí, indefinidamente, ese letrero tan aparatoso. A lo que le contesté: “¿Aparatoso?, espera a primeros de octubre, cuando...

2 de octubre


¡Felicidades!

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Nos vemos.
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80 años de aquel 2 de octubre | 2 de octubre de 1928

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Intelectuales de la Pesoe S.L.

La Junta de Andalucía ilustra un folleto del Guadalquivir con una foto de la Catedral de Palma Claro que qué se va a esperar del partido de “Mimaleni“, esa intelectual de primera línea (de barra de bar, claro). Teniendo en cuenta que el partido se fundó en una taberna… Posted in PSOE, Socialismo      

El Sernado dijo “si”


El Senado de EEUU aprobó el plan de rescate financiero de 700.000 millones de dólares, que fue modificado con la introducción de un gran paquete de medidas dirigidas ha hacerlo “aprobable” en la Cámara de Representantes; dónde se prevé que sea presentado de nuevo mañana viernes.

Siempre tuve la excéntrica idea de que los Estados Unidos tenían un sistema político único: en otras palabras; su estabilidad me había hecho pensar que era un sistema ideado por sabios para que pudiera ser llevado adelante por idiotas. Me equivoqué. No hay sistema que pueda sobrevivir al nivel de incompetencia y de imprudencia manifestado por los sucesivos gestores americanos.

En “The Economist”, Carr hizo ésta reflexión: “no es que éste paquete de medidas salve a la economía de la recesión. No va a poder; pero, en cambio, podría romper el ciclo de pánico y pesimismo que convierte a una recesión normal en una devastadora”, señaló. O sea, pagamos una pasta para “modular” la recesión.

Lo peor es que no se puede soñar con salvarnos nosotros, pobres ciudadanos comunes alejados de Wall Street; y castigar a la vez a los tiburones de Wall Street y a los políticos insensatos que no aplicaron medida de control alguna; responsables y causantes de toda ésta debacle. Es que vamos todos sentados en la misma barca, y aunque vayamos sentados al lado de alguien que odiamos; si el agua empieza a inundar la embarcación, nos ahogamos todos. Es decir, no podemos dejar que se hunda sólo el que odiamos; con él nos hundimos nosotros.

Entiendo y comparto el resentimiento de los americanos contra los titanes de Wall Street. Pero cuando el sistema crediticio está en peligro, es necesario concentrarse en salvarlo, aun cuando eso signifique rescatar a personas que no lo merecen. Hay que recuperar la confianza en el sistema. Es decir, que un banco preste a otro, o a una empresa, o acepte hipotecas de un particular. Y ésto ha pasado porque nadie sabe cuánto valen los activos y las garantías del otro en realidad.

Pero me niego a que ésta salvación sea sin coste alguno para los políticos y tiburones que han organizado toda ésta maraña. Empiezo a pensar que éste plan de rescate es algo destinado a resolver los problemas de los propios tiburones de Wall Street, no los del ciudadano americano. Creo que Paulson y Bernanke deben aceptar una estricta supervisión y se debe garantizar a los contribuyentes parte de las ganancias de los bancos rescatados. Eso como mínimo ya que no podemos encerrar en Guantánamo a todos los responsables de Wall Street.

      

Liberalismo vs Relativismo

Hace tiempo que quería tratar este asunto, que ya fue objeto de un desafortunado artículo de José María Lasalle en El País. Este dirigente del PP apelaba en dos ocasiones a lo que él denominaba “relativismo liberal”. Por supuesto, la confusión de Lasalle se apoya cómodamente en la variedad de acepciones que existen para la palabra “liberal” que, por ejemplo, significa cosas diametralmente opuestas en España y en Estados Unidos (donde llaman “liberals” a los que aquí conocemos cariñosamente como “progres”).

Otros autores, nada partidarios del liberalismo, asocian a éste a un proceso de destrucción de toda noción de verdad y lo relacionan directamente con el relativismo moral. Una vez más, en mi opinión, caen en el mismo error que Lasalle, si tenemos en cuenta que el padre intelectual del moderno relativismo moral fue Jean-Jacques Rousseau, en cuyas tesis encontramos el germen de ideologías y corrientes políticas tan opuestas al liberalismo como el socialismo, el nacionalismo y los totalitarismos en general.

El relativismo volatiliza los derechos humanos

Seguro que alguno se preguntará: ¿y cómo es posible que el relativismo dé lugar a corrientes de pensamiento que aplastan la libertad? Precisamente, la raíz del problema está en la propia esencia del relativismo, para el cual no existen verdades objetivas ni universales, y reduce la verdad a lo que cada uno aprecia de forma subjetiva. Para el relativismo, la única convivencia posible es la que se da cuando una mayoría de apreciaciones subjetivas coinciden en una misma idea de la verdad, con independencia de que esa verdad subjetiva se corresponda con la realidad.

Quizás a alguno tanta definición le resulte difícil de entender, así que pondré un ejemplo: si una mayoría de ciudadanos opinan que los judíos no son seres humanos, para el relativismo moral será legítimo que esa mayoría imponga esa idea a todos, aunque sea una mentira. De hecho, la proclamación de derechos válidos para todos los seres humanos es algo volátil al amparo del relativismo. Aunque una mayoría coincida eventualmente en la necesidad de esa proclamación, bastará que otra nueva mayoría niegue alguno de esos derechos para que su violación se considere legítima.

Hayek y los derechos individuales

Por el contrario, el pensamiento liberal se cimienta en el respeto ineludible por los derechos individuales, empezando por el derecho a la vida y a la libertad. Por supuesto, ha habido varias corrientes liberales que han interpretado esto de forma diversa. Ernesto Galli della Loggiaha distinguido dos grandes familias de liberales: el liberalismo clásico y los libertarios (1):

“Para el liberalismo clásico, la libertad era limitación del Estado y, sobre todo, libertad frente al arbitrio. Una protección ante el arbitrio que sólo la ley, instrumento que se aplica a todos, puede garantizar. La libertad de los libertarios está muy bien definida por Jeremy Bentham: ‘Toda ley es un mal porque toda ley es una violación de la libertad’.”

Dejando a un lado a los libertarios (2), una de las referencias por antonomasia dentro del liberalismo clásico es el economista austriaco Friedrich A. Hayek, cuyos planteamientos se sitúan a años luz de Rousseau y del subjetivismo relativista. Hayek, de hecho, hace referencia a “los elementos humanitarios de nuestra moral social: el respeto por la vida humana, por el débil y por el individuo en general” (3) y se lamentaba del abandono de “una de las características de la civilización occidental tal como se ha desarrollado a partir de sus fundamentos establecidos por el cristianismo y por Grecia y Roma”: el individualismo, que él definía como “el respeto por el hombre individual qua hombre” y “la creencia en que es deseable que los hombres puedan desarrollar sus propias dotes e inclinaciones individuales.” (4)

El relativismo, antítesis del pensamiento liberal

La misma proclamación liberal de unos derechos individuales comunes a toda la raza humana, derechos que se derivan de nuestra propia naturaleza y son innegociables, es de por sí un acto contrario al relativismo moral. Así pues, en tanto el relativismo admite incluso la negación de los derechos individuales si la mayoría así lo dispone, constituye una antítesis radical del pensamiento liberal. En este sentido, Juan Ramón Rallo escribe:

“El relativismo considera que la sociedad puede funcionar sin valores; no coloca ni siquiera a la propia persona en el centro del bien y el mal, sino que niega la existencia del bien y el mal. Es un pensamiento peligroso que debe ser combatido desde el catolicismo y también desde el liberalismo; pues no conviene olvidar el papel de las instituciones y de la ética en la sociedad.”

Teniendo en cuenta esto, que comparto plenamente, no acabo de entender la inquina de algunos católicos hacia el liberalismo, salvo por la confusión que se da a menudo a la hora de definir el liberalismo. Por desgracia, las opiniones poco argumentadas y que confunden liberalismo con relativismo suelen desplazar al serio interés intelectual por averiguar la verdad, y acaban dando lugar a un antiliberalismo militante que parte, paradójicamente, del desconocimiento de lo que el liberalismo significa en realidad.

Artículos relacionados:

- Liberales y católicos, por Juan Ramón Rallo Julián
- Liberales y católicos, por Ignacio Arsuaga
- Rousseau, prescriptor del socialismo, por Pablo Molina
- ¿El liberalismo es pecado?, por Elentir
- Benedicto XVI y el Liberalismo, por Emilio Alonso
- Católicos y liberales, por Elentir
- Qué debemos al cristianismo, por Oscar Elía Mañú en La Ilustración Liberal nº33 (Otoño 2007)

Fuentes citadas en esta entrada:

- 1. Ernesto Galli della Loggia, “Liberales vs. libertarios” (2004)
- 2. Hablar del silencio: el anarquismo liberal
- 3. Friedrich A. Hayek, “Camino de la servidumbre”. Capítulo 11, “El final de la verdad” (1944)
- 4. Ibid., Capítulo 1, “El camino abandonado”

Contradicción: Zapatero no sentencia al reo pero sí al no nacido

No a la pena capital contra el reo y el no nacido

En sensato oponerse a la pena de muerte no sólo porque está comprobado que no es un método disuasivo para evitar que se sigan dando determinados crímenes, sino porque ningún ser humano tiene derecho a quitarle la vida a nadie. Todo esto ha sido comprobado en Estados Unidos donde a pesar de la muerte de cientos de presos, no se ha logrado un efectivo combate contra la violación de mujeres y menores de edad, razones por las cuales en muchos estados se aplica la inyección letal.

Matar desde el Estado a alguien por inflingir la ley es volver a los tiempos incivilizados del ojo por ojo o del diente por diente, donde los derechos humanos eran prácticamente desconocidos. En esos momentos no se tenía lineamientos claros para una verdadera justicia

Resulta por eso interesante que José Luís Rodríguez Zapatero haya abogado recientemente en Naciones Unidas por la abolición de la también llamada pena capital. Sin embargo la pregunta es inevitable ¿Por qué no abogar también por el cese de la matanza de los no nacidos? Esos que desde 1985 mueren en diversas clínicas abortistas.

Zapatero tiene que sonreirle también a los no nacidos

Si se defienden los derechos humanos, se deben defender los de todos, y ahí están incluidos sin duda los de los que están por nacer. Es curioso como muchos izquierdistas, socialistas, “progresistas”, feministas y hasta algunos medios de comunicación se oponen a la pena de muerte y a su vez arengen por un aborto libre ¿Doble discurso? ¿Contradicción acaso? Definitivamente el sentenciar a los niños que están por nacer trae mucho dinero. Por otro lado no se puede descartar una visión claramente materialista de la vida. No es bueno que nazcas porque me vas a traer “problemas”, dirán algunos con un cinismo impresionante. Es que nos es común querer responsabilizarnos por nuestros actos.

Zapatero ha pedido ante la ONU que en 2015 se alcance una moratoria universal de la pena de muerte, para después conseguir su abolición. Con su solicitud el mandatario ha sido contundente, de eso no hay duda. Que sea igualmente entonces claro para evitar que el aborto sea libre en España ¿Acaso  el valor de la vida del nonato vale menos que la del encarcelado? ¿Quién pone la varilla para medir el valor de la dignidad del español? Hasta ahora esa medida no ha sido equitativa. Tampoco lamentablmente ha habido decisión política de las autoridades competentes.

Por lo visto en su accionar, el gobernante español no parece aún querer quitar la guillotina de la cabeza de los que están por nacer. Sin embargo siempre se puede cambiar. Yo no lo sentenció, simplemente espero una sobria decisión  para que la cuerda no se siga rompiendo por el lado más débil. Estamos atentos.