La Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, entrará en vigencia el día de mañana, 5 de julio, en toda España. ¿Por qué tanto AlBORoTO? ¿Por qué tantas manifestaciones en la Madre Patria? ¿Por qué una concentración mañana frente a la Embajada de España? A continuación presentamos una breve exposición de los puntos más saltantes de esta norma, que pueden descargar haciendo click aquí:

Abortos:
- Cualquier mujer se puede practicar un aborto hasta las 14 semanas de embarazo (tres meses y medio) sin alegar motivo alguno (Artículo 14º).
- Así también, se podrá practicar un aborto hasta las 22 semanas (5 meses y medio) en caso haya:
- Grave riesgo para la vida y salud de la gestante (Artículo 15º, literal a).
- Riesgo de graves anomalías en el feto (Artículo 15º, literal b).
- Anomalías fetales incompatibles con la vida, o se detecte en el feto una enfermedad grave e incurable en el momento del diagnóstico (Artículo 15º, literal c).
- Las menores que tengan 16 y 17 años podrán practicarse un aborto sin el consentimiento o información de sus padres (Artículo 13º, cuarto apartado).
Educación:
- Promueve la incorporación de formación en la práctica de abortos en los programas curriculares relacionados con la medicina, tanto para estudiantes cuanto para profesionales (Artículo 8º, literales a, b).
- El sistema educativo incorporará la formación en materia de embarazos no deseados (Artículo 9º, literal e).
Sistema de Salud:
- El aborto es un derecho, y es parte de los servicios del Sistema Nacional de Salud (Artículo 18º).
- Todo médico que no desee practicar abortos por razones de conciencia, deberá comunicar dicha negativa anticipadamente y por escrito (Artículo 19º, inciso 2).
- Si un local público no puede practicar abortos, deberá pagarle los gastos del aborto en otro local a quien lo solicite (Artículo 19º, inciso 2).
Código Penal:
- Una mujer que se practique un aborto fuera de estos supuestos, será sancionada con una multa (Disposición final primera).
- Un médico que practica un aborto fuera de los supuestos legales será sancionado con una pena de uno a tres años e inhabilitación (Disposición final primera).

Como se puede ver, la Nueva Ley del Aborto implica una reforma que va más allá de flexibilizar los supuestos en los que las gestantes pueden practicarse abortos, pues busca una reforma integral a través del Código Penal, políticas de salud, y sobre todo, la EDUCACIÓN. El mensaje es claro: No sólo el aborto es legal, sino que se quiere hacer creer que el mismo es bueno… desde el colegio y la universidad. Ahora, los estudiantes de medicina de España aprenderán a practicar abortos como parte de su malla curricular… ¿cómo harán sus prácticas?
Vale la pena tanto alboroto.



“Todo lo que ustedes ven y miran no es una casualidad. Todo está fríamente planificado, y fríamente calculado.” Amparo Medina, de 43 años de edad, madre de 3 hijos y presidenta de la Red Pro Vida de Ecuador, militó en grupos de la izquierda radical, fue guerrillera, luchadora pro aborto y ex funcionaria del Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA). Hoy ponemos a su disposición, su invaluable
Para ello, se inventaban procesos “democráticos” en los que se reunía a un grupo de personas a quienes se inducía a que redacten en sus conclusiones, que era necesario implantar la salud sexual reproductiva y la perspectiva de género en sus países de origen. De este modo, los funcionarios de la ONU podrían acudir a los políticos diciendo que era la propia población, y no las Naciones Unidas la que reclamaba políticas abortivas, preservativos, etc. “Estos son los artículos y las leyes que ustedes tienen que imponer en su país.”


