Los límites de la libertad religiosa y de conciencia

Como ayer publicaba HO, para el ministro de Justicia “la libertad religiosa tiene que tener límites”.

Francisco Caamaño asegura que, 30 años después de la promulgación de la Ley Orgánica de Libertad Religiosa, “es necesario replantearnos la normativa referente a libertad religiosa y al modo de practicarla”.

El ministro filomasón sabe bien que las únicas limitaciones que se pueden imponer a la libertad de pensamiento, de religión y de conciencia se especifican con toda claridad en los tratados internacionales signados y ratificados por España, así como en nuestra Carta Magna… y en el artículo 3 de la ley vigente.

Declaración Universal de Derechos Humanos (art. 18):

Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

Declaración sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o las convicciones (art. 1):

1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. Este derecho incluye la libertad de tener una religión o cualesquiera convicciones de su elección, así como la libertad de manifestar su religión o sus convicciones individual o colectivamente, tanto en público como en privado, mediante el culto, la observancia, la práctica y la enseñanza.

2. Nadie será objeto de coacción que pueda menoscabar su libertad de tener una religión o convicciones de su elección.

3. La libertad de manifestar la propia religión o las propias convicciones estará sujeta únicamente a las limitaciones que prescriba la ley y que sean necesarias para proteger la seguridad, el orden, la salud o la moral públicos o los derechos y libertades fundamentales de los demás.

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (art. 18):

1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de tener o adoptar la religión o las creencias de su elección, así como la libertad de manifestar su religión o sus creencias, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, mediante el culto, la celebración de los ritos, las prácticas y la enseñanza.

2. Nadie será objeto de medidas coercitivas que puedan menoscabar su libertad de tener o de adoptar la religión o las creencias de su elección.

3. La libertad de manifestar la propia religión o las propias creencias estará sujeta únicamente a las limitaciones prescritas por la Ley que sean necesarias para proteger la seguridad, el orden, la salud o la moral públicos, o los derechos y libertades fundamentales de los demás.

4. Los Estados partes en el presente Pacto se comprometen a respetar la libertad de los padres y, en su caso, de los tutores legales, para garantizar que los hijos reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.

Convenio europeo de derechos humanos y libertades fundamentales (art. 9):

Libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.

1. Toda persona tiene derecho a la libertad del pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho implica la libertad de cambiar de religión o de convicciones, así como la libertad de manifestar su religión o sus convicciones individual o colectivamente, en público o en privado, por medio del culto, la enseñanza, las prácticas y la observación de los ritos.

2. La libertad de manifestar su religión o sus convicciones no puede ser objeto de más restricciones que las que, previstas por la Ley, constituyen medidas necesarias, en una sociedad democrática, para la seguridad pública, la protección del orden, de la salud o de la moral públicas, o la protección de los derechos o las libertades de los demás.

Constitución Española (art. 16):

1. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.

2. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.

3. Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.

Ley Orgánica de Libertad Religiosa (art. 3):

Uno. El ejercicio de los derechos dimanantes de la libertad religiosa y de culto tiene como único límite la protección del derecho de los demás al ejercicio de sus libertades públicas y derechos fundamentales, así como la salvaguardia de la seguridad, de la salud y de la moralidad pública, elementos constitutivos del orden público protegido por la ley en el ámbito de una sociedad democrática.

Dos. Quedan fuera del ámbito de protección de la presente ley las actividades, finalidades y entidades relacionadas con el estudio y experimentación de los fenómenos psíquicos o parapsicológicos o la difusión de valores humanísticos o espirituales u otros fines análogos ajenos a los religiosos.

¿Pretende el Gobierno imponer otra clase de limitaciones a la libertad religiosa y de conciencia? ¿Quiere, por ejemplo, poner trabas pseudolegales al ejercicio de la objeción de conciencia y/o a las manifestaciones públicas del hecho religioso? ¿Se propone acaso obstaculizar (aún más de lo que ya lo hace con la actual legislación educativa) la enseñanza de la religión en colegios e institutos?

Uno sospecha y augura que sí… Y muy pronto lo sabremos.

19 Respuestas a “Los límites de la libertad religiosa y de conciencia”


  1. 1 Miguel

    Una larga relación de libertades, es cierto, pero todas ellas chocan con un nuevo derecho: el derecho a restringirlas en función de los intereses del gobierno. ¡Lo que nos queda por delante todavía!

  2. 2 María

    A esta gente le dan lo mismo todas las leyes, por no decir otra cosa. Un saludo.

  3. 3 Toñi

    Los mismos que las reclamaban a grito pelao, ahora nos vienen con restricciones :( ¿dónde están los objetores a la mili?

  4. 4 Magin

    Es más, a mi Jesucristo se me ha aparecido y me ha dicho “Dadle a dios lo que es de dios y lo del cesar te lo quedas pati!!” y por mucho que intento objetar de pagar impuestos no me dejan! vaya país que vivimos malditos rojos masones… si es que…

    Para los lentitos, es una ironía: tu libertad religiosa nunca te exime de cumplir la ley como todos los demás, manifiesta tu fe como quieras y cuando quieras pero sin perjuico a los que no profesan la misma.

  5. 5 rastri

    Y sigue creciendo y engordando en sus procacidades para algunos. Para otros son las únicas leyes del DIVINO GRAN CÉSAR moderno que hay que obedecer: EL GRAN HERMANO EN SUMO PODER GLOBALIZADOR DEL NUEVO ORDEN MUNDIAL QUE ES EL PODER DEL HERMANO MASON DEL ETERNO ORIENTE.

  6. 6 Democrata(Rael)

    Lo que yo pienso es que simplemente le da miedo a la iglesia catolica y acolitos perder el poder de antaño, lo unico que hara sera un pais mas multireligioso o en su defecto mas ateo.

    no os asusteis no va pasar nada…. como cuando salio el divorcio que se acababa el mundo y no paso nada…tarde o temprano se iba a cambiar la Ley.

  7. 7 José Sáez

    Una magnífica recopilación de los textos legales que se quiere cargar (ya lleva tiempo cargándoselos) el Gobierno de Zapatero. A estos tipos y “tipas” les importa un carajo todo, con tal de secundar el proyecto masónico de eliminar el cristianismo. Y todo ello, con las más soez de las hipocresías: “en nombre de la libertad”. ¡Menuda panda de lobos disfrazados de ovejas! Como el pueblo español no reaccione y los eche del poder cuanto antes, va a llegar un punto en el que será demasiado tarde.

  8. 8 libero

    Democrata(Rael), mientras los cambios que se hagan en la ley respeten (como lo hace la que ahora se quiere cambiar) los principios enunciados en los tratados internacionales y en la propia Constitución Española, “no problem”.

    Lo que me algunos pensamos (y eso es lo que pretendía poner de manifiesto en esta entrada) es que, si la actual Ley Orgánica de Libertad Religiosa, ya se adecúa a ellos, ninguna necesidad hay de modificarla… Y eso es, a su vez, lo que nos hace sospechar que los cambios que se quieren introducir son de carácter restrictivo. Si para muestra sirve un botón, algo han apuntado en tal sentido varios destacados representantes del Gobierno o del partido que lo sustenta, al referirse a la objeción del personal sanitario en relación con el aborto, pese a que está expresamente reconocida por el TC.

    Magín, la sentencia 15/1982 del Tribunal Constitucional reconoce que “la objeción de conciencia constituye una especificación de la libertad de conciencia, la cual supone no sólo el derecho a formar libremente la propia conciencia, sino también a obrar de modo conforme a los imperativos de la misma”. Y añade que “puesto que la libertad de conciencia es una concreción de la libertad ideológica, que nuestra Constitución reconoce en el art. 16, puede afirmarse que la objeción de conciencia es un derecho reconocido explícita e implícitamente en el ordenamiento constitucional español”.

    En su sentencia 53/1985, el mismo TC indica que “cabe señalar, por lo que se refiere al derecho a la objeción de conciencia, que existe y puede ser ejercido con independencia de que se haya dictado o no tal regulación”. “La objeción de conciencia forma parte del contenido del derecho fundamental a la libertad ideológica y religiosa reconocido en el art. 16.1 de la Constitución y, como ha indicado este Tribunal en diversas ocasiones, la Constitución es directamente aplicable, especialmente en materia de derechos fundamentales”, continúa esa resolución.

    Así pues, quienes aducen razones de conciencia para no cumplir con un precepto legal que violenta sus convicciones (no necesariamente de raíz religiosa) no incumplen realmente la ley, puesto que, para no dar cumplimiento a algo estipulado por una disposición de rango menor, se acogen a la Ley de Leyes: la Constitución.

    En cuanto al respeto de las creencias y convicciones de los demás, insisto en que, a mi juicio, queda perfectamente recogido en la ley en vigor.

  9. 9 casiqueno

    Libero,

    Entonces es legal no pagar impuestos, ni pagar la hipoteca, o vivir como un okupa si violenta tus convicciones ?

    Si en conciencia creo que las comodidades de la vida moderna son contra-natura y me decido a tirar excrementos por las ventas como se hacia en el medievo, tampoco me puede multa el ayto. ?

    Mejor entonce que lo limiten, yo no quiero vivir en un pais donde bajo el escudo de la libertad de conciencia se pueden cometer autenticas barbaridades.

  10. 10 libero

    Si crees que se puede hacer ver que pagar la hipoteca (lo de los excrementos ya es de traca) puede vulnerar tus convicciones en la misma medida que el que te obliguen a participar en el exterminio de un ser humano o la pretensión del Estado de inculcar a tus hijos las ideas y valores que se le antojen al gobernante de turno, niégate a pagarla… Tú verás lo que haces…

    Como cada quien es dueño de sus silencios y esclavo de sus palabras, escrito queda que tú eres partidario de recortar el ejercicio de la libertad ideológica y religiosa (la de los demás, claro).

  11. 11 Democrata(Rael)

    leed este titular y la noticia.

    Somos católicos, pero también alérgicos a las misas

    Un 76% de los españoles se define como católico, pero seis de cada diez casi nunca participan en los oficios religiosos

    http://www.publico.es/238941/catolicos/alergicos/misas/religion/cis

    Sentirse católico no significa en absoluto cumplir con los preceptos religiosos. En nuestro país, por ejemplo, una de cada cuatro personas se define así. Sin embargo, a la hora de pasar a la práctica, pocos acuden regularmente a misa. Es más, sólo una de cada diez va a la Iglesia cada domingo.

    Un 94% de los mayores de 65 años se definió como católico, un porcentaje que baja progresivamente entre los que tienen 55-64 años (85%), 45-54 (80%), 35-44 (70%), 25-34 (64%) y 18-24 (64%). Las cifras, sin decimales, han sido redondeadas.

    os hombres están menos presentes en las ceremonias que las mujeres, al igual que los viejos son más fieles a la parroquia que los jóvenes. Por citar algún ejemplo, un 67% de los hombres no va casi nunca a misa, mientras que la cifra baja al 50% en el caso de las mujeres. Y, en cuanto a la edad, un 36% de los mayores de 65 casi nunca se pasa por la iglesia, mientras que un 79% de los chavales entre 18 y 24 años no pisan el templo.

    Las cifras que la Jerarquia se niega a dar las tendra que dar algun otro medio.

    NO COMMENT

  12. 12 libero

    ¿Y qué tienen que ver las cifras de los barómetros del CIS que cita ese diario de línea editorial prosocialista con el contenido de la entrada?

    Recuerdo que mi escrito trata sobre los planes del Gobierno para derogar la actual Ley de Libertad Religiosa y sustituirla por otra que, según deduzco de las manifestaciones de altos representantes del Gobierno y de su partido, restringirá el ejercicio de la libertad de pensamiento, de religión y de conciencia (la de todos y en todas las esferas de las ideas y las creencias; no sólo en el ámbito de lo religioso y no exclusivamente la de los católicos).

    En todo caso y ya que lo mensionas, ese 76% que se declara de credo católico, como quienes se declaran fieles del islam, protestantes, israelitas, adeptos de cualquier otra religión, agnósticos o ateos ejercen su libertad religiosa como Dios les da a entender y acuden o dejan de acudir a celebraciones y actos litúrgicos si les da la real gana, sin tener que dar explicaciones a nadie (ni a la jerarquía de ninguna confesión, ni al ministro, ni a mi santísima madre).

    Y lo hacen sin necesidad alguna de que Zapatero, Caamaño y sus secuaces modifiquen la legislación que les reconoce la potestad de hacerlo y que posibilita que actúen en conciencia.

  13. 13 Democrata(Rael)

    Que tendra que ver…. mucho que significa que hablais para las piedras por que un 76% se declarara catolico o sea que cree que hay Dios pero no cree en la Jerarquia, pero no va nadie a misa y en cuanto al aborto, preservativos, pildora del dia despues etc… es un debate superado, libertad religiosa la hay, la nueva ley es para evitar el monopolio de una Jearquia en la que nadie cree.

    En la España, en la Europa de los 27 en EEUU de hoy no hay martires. hay quejicas, los martires estan en China, o en Iran alli si que mueren catolicos por ser simplemente catolicos, soys unos quejicas nada mas.

  14. 14 libero

    Insisto…

    ¿Qué tiene que ver tu enfermiza obsesión anticatólica con la supuesta necesidad de sustituir la actual Ley de Libertad Religiosa por otra que sospecho más restictiva, que es el objeto de la entrada?

    Por otra parte, tus prejuicios te ciegan: te contradices escandalosamente cuando afirmas al mismo tiempo que en la actualidad hay libertad religiosa y que hay un fantasmagórico monopolio de no sé qué jerarquía (algo sobre lo que, por cierto, nada han manifestado los voceros del Ejecutivo para justificar sus planes)… Si existiera tal monoplio, por definición, no podría haber realmente libertad religiosa…

    Además, te recuerdo que mi escrito se refiere a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. A ti, al parecer (efectos de la obsesión a que me refería antes, supongo) tan sólo te inquieta esta última vertiente. ¡Tú sabrás por qué!

    NOTA:

    A partir de ahora, borraré cualquier comentario que se aparte del tema.

  15. 15 casiqueno

    El ejemplo que he puesto es extremo, pensaba que estaba bastante claro, vamos a intentarlo con otro.

    Un judio ultraortodoxo puede ser diagomos juez, cuando los jueces en sus guardias han de trabajar en sabado ? Tendriamos que respetar su dia de vacaciones por narizes ?

    Una testigo de Geova medico se puede negar a hacerte una transfusion sanguinea ? tambien lo respetamos.

    Debemos de respetar que en semana santa paseen por la calles gentes flagelandose la espalda en publico delante de niños ?

  16. 16 casiqueno

    Ah ! Y si, soy partidario de limitar la libertad religiosa de TODOS, no aspiro a que ponga el la ley una clausula que exima a mi particularmente.

  17. 17 libero

    Los jueces a los que les corresponde trabajar en días festivos lo hacen sin ningún problema, con la actual legislación.

    Que un individuo se flagele invocando unas supuestas creencias me parece fuera de lugar… Como me lo parece que se agujeree la lengua, la nariz o el ombligo (algo que, al parecer, no puede ser motivo de escándalo para los menores). No creo que realmente haya mucha relación entre creencias y esas acciones, aunque estoy seguro de que algunos (tanto para justificarlas como pra reprobarlas) se la hallarán.

    En cuanto a la doctora testigo de Jehová, si hay otros médicos que puedan realizar la transfusión, me parece que debería permitírsele no participar en ella. Si no hay otra posibilidad, dudo muchísimo que antepusiera su rechazo a la transfusión a su deber de salvar vidas.

    Ahora soy yo quien pone el examen…

    Guardia civil ateo, musulmásn o budista al que se le adjudica como servicio realizar labores de vigilancia en una procesión de Semana Santa. ¿Puede negarse aduciendo que esa tarea violenta sus convicciones o creencias?

    En cuanto a las limitaciones a las libertades, eres muy dueño de aceptar de buen grado que se vean reducidas las tuyas (tú sabrás por qué, por ejemplo, estarías dispuesto a dar por bueno que te obligaran a ir a Misa o que te lo prohibieran; porque esas podría ser formas de limitar tu libertad religiosa), pero de ninguna manera pretendas imponerme que renuncie ni un ápice a ninguna de las mías. Por supuesto, en modo alguno justificaría que se limiten las de nadie.

  18. 18 casiqueno

    Guardia civil ateo, musulmásn o budista … desde mi punto de vista no deberia de poder negarse, lo tengo bastante claro.

    Que dudes o no de lo que podria hacer el medico no es el tema, el tema es tiene que tener derecho a negarse bajo su libertad religiosa.

    En ningun momento he hablado de prohibir o obligar a nadie a ir a misa, estoy hablando de limitar/regular.

    Te parece bien de bajo el amparo de la libertad religiosa permitamos a musulmanes y mormones que tenga varias esposas ? y las ablaciones ?

    No pretendo que prohiban la religion, pretendo que se debata y se llegue a un acuerdo sobre que cosas se permiten bajo esta libertad religiosa. Personalmente, no estoy en contra de que un medico se pueda negar ha hacer un aborto, si lo estoy por ejemplo si alguien deja de pagar la seguridad social porque puede que su dinero termine financiando un aborto.

  19. 19 libero

    Pues a un guardia civil le ha reconocido el TC el derecho a negarse a realizar ese servicio, cosa que me parece perfectamente adecuada, en aras al ejercicio de la libertad religiosa y de conciencia.

    Limitar/regular, ¿cómo sino respetando lo estipulado en los tratados internacionales y en la Constitución?

    Y esos límites los respeta escrupulosamente la actual Ley Orgánica. Por eso no veo necesidad ninguna de sustituirla.

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