La decisión del Tribunal impide la aplicación de la fórmula de doble opción, por lo que la Conselleria tendrá que tomar una decisión inequívoca respecto de las objeciones: denegarlas o reconocerlas con todas las consecuencias. Hoy mismo, VAEL ha tramitado 80 declaraciones más.
- - El gobierno valenciano asegura que el TSJCV “ratifica” la impartición de EpC en inglés
- - La Secretaria de Estado de Educación celebra la medida cautelar del TSJCV
- - Blogs HO: Como dijo VAEL, la Opción B “NO” era una Opción, por JOSÉ M.ª LLANOS
REDACCIÓN HO, PANORAMA ACTUAL y EUROPA PRESS.- La sección 2.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha emitido sendos autos (este y este otro) mediante los que ha estimado la solicitud de medidas cautelares solicitadas por el Ministerio de Educación y por el sindicato CCOO, que interpusieron sendos recursos, y ha suspendido cautelarmente varios artículos de la orden de la Consejería de Educación que regula las enseñanzas de EPC para los alumnos de 2.º de ESO en la Comunidad.
La norma parcialmente suspendida permite impartir la materia en inglés y aprobarla realizando un trabajo trimestral, pero las resoluciones, ambas comunicadas hoy a las partes, suponen -aunque cabe recurso de súplica- que a partir del próximo mes de septiembre EpC se impartirá en los centros valencianos -tanto en los de la red pública como en los de la privada- como cualquier otra asignatura del currículo. Los recurrentes esperan que la suspensión se mantenga hasta que haya sentencia firme.
La sala estima -en pleno y por unanimidad- la suspensión de los artículos 2 en los apartados 1.b, 2 y 3 y los artículos 3 y 4 en todo lo que se refiere a la opción B, es decir, a la posibilidad de superar la materia a través de trabajos trimestrales en vez de exámenes. De igual modo, suspende del apartado 1 del artículo 5 el párrafo que hace referencia a la evaluación de la adquisición de competencias en lengua inglesa.
El TSJCV establece la supensión de la denominada opción B porque “el alumno que optara por dicha alternativa no accede a todos los contenidos y objetos de la materia”. En este sentido, recuerda que existe un contenido mínimo que viene establecido por el Estado y que “aun cuando la Conselleria (de Educación) debe garantizar que el alumno cuente con un texto que le permita acceder a todos los contenidos (…), lo bien cierto es que una vez que se elige el tema del trabajo, el estudiante sólo recibe el contenido y alcanza el objetivo de dicho tema, no de toda la materia”.
El tribunal manifiesta también “serias dudas de legalidad por no ajustarse a la legislación básica al permitir la adecuación de los criterios de evaluación a las características individuales y a las circunstancias personales de cada alumno o alumna”.
Al mismo tiempo, advierte de que al establecer que será la familia quien elija el texto para elaborar el trabajo “contraviene de forma palmaria lo establecido en la Disposición Adicional 4ª de la Ley Orgánica 2/2006 que dispone que en el ejercicio de la autonomía pedagógica corresponde a los órganos de coordinación didáctica de los centros públicos adoptar los libros de texto y demás materiales”.
En esta línea, el tribunal expresa también “dudas sobre la competencia del consejero de Educación de la Generalitat para establecer esta opción pedagógica al ser una materia curricular y obligatoria” y considera que su ejecución “causaría daños de imposible o difícil reparación en los alumnos que la seleccionaran pues no habrían cursado la asignatura” por lo que, de estimarse el recurso contra la orden, “deberían repetir la materia”.
Por todo ello, el auto entiende “necesario acordar la suspensión de la opción B” y remarca que “ello sin necesidad de valorar que en esta opción B el trabajo deba ser realizado en inglés, porque la supensión operaría del mismo modo aun cuando se realizara en cualquiera de las dos lenguas oficiales de la Comunitat”.
Entre los artículos cuya aplicación queda suspendida, se encuentra el 4.1, que, en referencia a la opción B, indica que “esta última opción la cursará el alumnado que pudiera plantear objeción de conciencia a la materia Educación para la ciudadanía y los derechos humanos, en los términos previstos en la normativa vigente”.
Por lo tanto, la Consejería de Educación se verá en la obligación de responder a todas las declaraciones de objeción de forma inequívoca y habrá de optar por denegar el reconocimiento del derecho a objetar a EpC o por reconocer las objeciones con todas las consecuencias, como recientemente ha anunciado que hará el gobierno riojano.
Sobre el uso del inglés como lengua vehicular
En cuanto a la impartición de la materia en inglés, el auto recuerda que el Decreto 112/2007 del Consell por el que se dispone el currículo de Educación Secundaria permite autorizar la implantación de programas de educación plurilingüe para que los centros impartan una parte de las materias en lengua extranjera. No obstante, subraya que “el currículo de Educación para la Ciudadanía no recoge criterios de evaluación relacionados con la competencia en inglés” por lo que se le vuelven a plantear “serias dudas” al tribunal sobre la “legalidad de la doble evaluación de la materia, una referida al contenido del currículo y la otra vinculada a la adquisición de destrezas lingüísticas de un idioma no oficial”.
En este sentido, considera que, a pesar de que “la Comunitat puede en principio, pues tiene competencia para ello, establecer que una materia curricular se imparta en inglés, no es posible la doble evaluación de la asignatura, pues el currículo de EpC no recoge criterios de evaluación relacionados con la competencia en inglés”. Por este motivo, decreta la supensión del párrafo que dice “teniendo en cuenta, en todo caso, el grado de adquisición de competencias básicas en lengua inglesa”, correspondiente al apartado 1 del artículo 5 de la orden.
La sala explica que para decidir la supensión se ha ponderado que “los perjuicios de la orden despliegan su virtualidad y son efectivos a partir del inicio del curso escolar (septiembre de 2008), siendo por otro lado probable que el Tribunal pueda tramitar y dictar sentencia sobre el fondo del asunto con anterioridad al mes de mayo de 2009″.
VAEL ha tramitado hoy 80 objeciones
Esta misma mañana, dos representantes de Valencia Educa en Libertad (VAEL) han tramitado 80 nuevas declaraciones de objeción frente a las asignaturas de EpC.
Las familias firmantes de estas objeciones residen en diversas localidades de la Comunidad -entre ellas, la capital valenciana, Castellón y Gata de Gorgos (Alicante)- y sus hijos estudian en centros privados y públicos de las tres provincias.
El asesor jurídico de la asociación, José M.ª Llanos, ha declarado a HO que la decisión adoptada por el TSJCV no ha constituido ninguna sorpresa para VAEL, que ya en su comunicado de mediados del mes de abril advertía de la “muy dudosa legalidad” de la fórmula que la orden establece.
La Concapa considera que la suspensión abocará a los padres a la objeción
La Confederación Católica Nacional de Padres de Familia y Padres de Alumnos en la Comunitat Valenciana (Concapa- CV) lamenta la decisión del TSJCV de suspender cautelarmente diversos artículos, entre ellos los referidos a la Opción B, de la orden que desarrolla la asignatura de Educación para la Ciudadanía (EpC), ya que esta alternativa es una forma de “pacificar” la educación y advierte de que “muchos padres se verán abocados a la objeción de conciencia”.
El presidente de la Concapa en la Comunidad Valenciana, Nicolás Sánchez, ha manifestado, en declaraciones a Europa Press, que “aceptamos la resolución del TSJCV pero trataremos de luchar hasta el último momento, por lo que vamos a intentar mantener la legalidad de esta orden”.
Así, avanzó que, en su momento, “presentaremos alegaciones no porque creamos que sea la solución ideal, pero sí una solución adecuada, ya que es una manera de incorporar a estos padres a la educación”, dijo en referencia a la Opción B.
El TSJCV “ha dado una vela a Dios y otra al diablo”, señaló Sánchez, ya que “ha contentado a todos” pues esta sentencia, que consideró “ecléctica”, anula la opción B pero deja que las clases se den en inglés.
Además, aseguró que “ya es hora de que todos los sectores implicados hagan un pacto en materia de educación y se olviden de la lucha política”. La Conselleria de Educación “dio una opción razonable”, afirmó Sánchez. Sin embargo, ahora “muchos padres se verán abocados a la objeción de conciencia”, por lo que “se va a judicializar el campo de la educación; y esto es un problema que se podría resolver”, sentenció.




BIENAVENTURADOS LOS QUE TIENEN HAMBRE Y SED DE JUSTICIA, PORQUE ELLOS SERÁN SACIADOS.